lunes, 27 de agosto de 2012

LA CONSERVACIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO MUNICIPAL Y EL CEMENTERIO GENERAL DE ALTAGRACIA DE ORITUCO



LA CONSERVACIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO MUNICIPAL
Y EL CEMENTERIO GENERAL DE ALTAGRACIA DE ORITUCO

Carlos A. López Garcés
Cronista de Altagracia de Orituco
Municipio José Tadeo Monagas
Estado Guárico


El patrimonio histórico municipal es el conjunto de bienes tangibles e intangibles, públicos y privados, que pertenecen al Municipio como institución y le sirven para estudiarle los ayeres a las comunidades que lo integran, con el propósito de generar saberes para enriquecer y facilitar el entendimiento del proceso histórico de esas localidades y, por ende, del propio municipio.
1.- El Cementerio General
Uno de esos bienes es el Cementerio General de Altagracia de Orituco, ubicado en la calle Vuelvan Caras, extremo sur de la calle Gil Pulido, el cual comenzó oficialmente a funcionar, aún inconcluso, el 26 de septiembre de 1885, por decisión del ciudadano Adolfo Chataing, primera autoridad civil del otrora distrito Guzmán Blanco y Presidente de la Junta de Fomento de dicha obra, que también integraban Adolfo Antonio Machado y Reinaldo Alva. La utilización de esta necrópolis sin haberse concluido fue determinada por la epidemia de fiebre amarilla que azotaba a la población gracitana y a la falta de espacios donde enterrar a los numerosos muertos en el antiguo y pequeño cementerio que había sido construido en 1847. Aquella epidemia fue la que causó mayores estragos en la población gracitana del siglo XIX, tanto que el cuartel sur-este de ese nuevo cementerio estaba totalmente saturado de cadáveres a finales de noviembre de 1885, cuando los casos de esa devastadora enfermedad ya habían disminuido significativamente. 
La fabricación de este cementerio estuvo a cargo del alarife Simón Hernández; fue subvencionado por el gobierno del Gran Estado Guzmán Blanco, entonces presidido por el general Francisco Tosta García.  En 1886, cuando ya estaba concluido y con el regocijo del general Ramón Galíndez, quien fungía como encargado de la primera autoridad civil del distrito, fue colocada en su centro la Cruz del Perdón y fue bendecido por el  presbítero Alberto González, párroco de los altagracianos. 
 Los enterramientos en el Cementerio General de Altagracia de Orituco solo fueron interrumpidos por un lapso históricamente breve, cuando se alegaban las condiciones inapropiadas del terreno y los nuevos cadáveres eran sepultados en otra necrópolis, que fue construida en el actual sitio de Las Mayitas, en el sur-este franco de Altagracia de Orituco, hasta 1911, cuando, igualmente por lo inadecuado de los suelos, fue retomada la decisión de continuar enterrando en el Cementerio General, abierto en septiembre de 1885.
2.- Patrimonio Histórico Municipal
La falta de espacios para nuevos difuntos en ese cementerio motivó su clausura el 3 de abril de 2007, mediante Decreto N° 006-2007 dictado por el autor de este trabajo, entonces Alcalde del Municipio José Tadeo Monagas del estado Guárico, quien, en esa misma fecha y por medio del Decreto N° 007-2007, lo declaró Patrimonio Histórico Municipal, al considerar, amén de su evolución comentada en párrafos precedentes, que:
1°.- Es una representación histórica de los numerosos apellidos que han identificado tradicionalmente a las familias integrantes de la comunidad altagraciana por más de cien años.
2°.- Ahí están sepultados los restos de muchas personalidades que dedicaron sus vidas al trabajo productivo consuetudinario de distintas naturalezas, como un aporte de sus luchas por el progreso de los pueblos orituqueños y para el bienestar de sus conciudadanos.
3°.- En él resaltan manifestaciones arquitectónicas y artísticas de diversas líneas y estilos expresadas en el transcurso de más de un siglo.
4°.- En su seno está concentrada la historia general gracitana desde la novena década del siglo XIX hasta la actualidad y debe preservarse para conocimiento de las nuevas generaciones.
Una placa recordatoria de la declaración de ese Cementerio General como patrimonio histórico municipal fue coloca en su frontis el 26 de septiembre de 2007.
3.- Defensa y protección
La conservación de los bienes patrimoniales del municipio está regida por la Ley de Protección y Defensa del Patrimonio Cultural, sancionada por el antiguo Congreso Nacional, promulgada el 3 de septiembre de 1993 por Ramón J. Velázquez, a la sazón Presidente de la República y publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 4.623-Extraordinario, fechada en Caracas el viernes 3 de octubre de 1993. El artículo 43 de esta ley establece que las municipalidades podrán adoptar medidas destinadas a la salvaguarda del patrimonio cultural ubicado en su territorio, sin contravenir las previsiones de esa misma ley. Esto fue lo que hizo el autor de este trabajo, en su rol de alcalde-cronista, con el Cementerio General de Altagracia de Orituco al declararlo Patrimonio Histórico del Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, máxime cuando dos años antes de la aprobación de aquella ley, el Concejo orituqueño había sancionado la Ordenanza sobre el Acervo Histórico del Municipio Monagas del Estado Guárico, el 10 de septiembre de 1991, la cual fue promulgada seis días después por el Alcalde Salomón Gómez Naranjo y publicada en la Gaceta Municipal Nº 06, extraordinario, del 16 de septiembre de 1991. En el TÍTULO II - DEL PATRIMONIO HISTÓRICO MUNICIPAL de esta Ordenanza, que está en  vigencia, puede leerse lo siguiente:
“Artículo 3.- Queda entendido por CONSERVACIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO del Municipio Monagas del Estado Guárico a la íntegra y permanente defensa y cuido de toda manifestación de la actividad humana sucedida en jurisdicción de esta misma entidad municipal, que sirva para explicar el proceso histórico de dicho municipio, sin perjudicar el ambiente natural ni alterar el equilibrio ecológico”.
4.- Normas transgredidas

            No obstante el contenido del artículo precedente, fue (y sigue siendo) común la inescrupulosa profanación de tumbas con el fin de exhumar osamentas antiguas y utilizar las fosas viejas reconstruidas para nuevas inhumaciones en el Cementerio General de Altagracia de Orituco, con lo cual se configuraron (y configuran) violaciones reiterativas de la condición de patrimonio histórico de ese bien municipal. Lo más grave es que la propia Alcaldía del Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, representada por la médico-pediatra María del Valle Chacín Díaz, desde mayo del año 2012 y por intermedio de la empresa contratista Asociación Cooperativa Construcciones 1723 R.L., ejecuta arbitrariamente ciertos trabajos modificatorios en ese Cementerio General gracitano, por un monto de quinientos noventinueve mil novecientos ochentinueve bolívares con cuarenticinco céntimos (Bs. 599.989,45), que incluyen: demolición de la pared correspondiente a la fachada norte; reconstrucción de esta misma pared sobre un espacio de la calle Vuelvan Caras, a un metro, aproximadamente, de la antigua pared; construcción de acera nueva; colocación de tejas criollas en la fachada principal; construcción de osarios (desacordes con nuestra cultura) en la parte posterior de la nueva pared y vía de acceso a ellos sobre la acera vieja; reconstrucción del friso de la fachada principal; pintura general.

4-1.- Desafectación previa

Con esos trabajos se violan normas vigentes en el municipio, aplicables a la construcción y reconstrucción de paredes, según las cuales deben hacerse los retiros correspondientes; además, la nueva pared fue construida sobre un bien público, como lo es la calle Vuelvan Caras, sin haber ocurrido la desafectación previa por parte del Concejo, según los artículos 133 y 134 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (LOPPM) y de acuerdo con lo establecido en el artículo 700 del Código Civil, según el cual “Nadie puede edificar ni plantar cerca de las plazas fuertes, fortalezas, iglesias, calles y caminos públicos, sin sujetarse a todas las condiciones exigidas por las Ordenanzas y Reglamentos especiales de la materia"; aunque es oportuno aclarar que, en el caso del Cementerio, lo procedente debe ser la reconstrucción de la pared mencionada por la misma línea de la demolida, por razones obvias, con las características originales según las fuentes disponibles y para respetarle la integridad como patrimonio municipal. Sin embargo, la Alcaldía optó por ampliar el Cementerio con un espacio de la calle Vuelvan Caras de ciento cuatro metros cuadrados aproximadamente. Asimismo, es de suponer que esas obras no están autorizadas por ingeniería sanitaria.

4-2.- Reactivación inconsulta

La construcción de osarios revela la intención de practicar exhumaciones con el fin de utilizar esos lugares para nuevos enterramientos y confirma lo dicho públicamente por la alcaldesa María Chacín, con respecto a la posibilidad de reactivar ese “camposanto”. Esto indica la vulneración del Decreto N° 006-2007, de fecha 3 de abril de 2007, mediante el cual fue clausurado el Cementerio en referencia y en el que se lee textualmente:

“Artículo 2.- Prohibir en el Cementerio General de Altagracia de Orituco, ubicado en la calle Vuelvan Caras, al extremo sur de la calle Gil Pulido, la construcción de nichos (llamados comúnmente ‘fosas aéreas’) y la práctica de exhumaciones que tienen el fin de acondicionar para dos cadáveres una fosa simple existente.
Artículo 3.- Permitir en el Cementerio General de Altagracia de Orituco, ubicado en la calle Vuelvan Caras, al extremo sur de la calle Gil Pulido, la práctica de exhumaciones cuando se trate exclusivamente de casos judiciales y/o de investigaciones científicas, previamente permitidas por las autoridades competentes.
Artículo 4.- Permitir en el Cementerio General de Altagracia de Orituco, ubicado en la calle Vuelvan Caras, al extremo sur de la calle Gil Pulido, el enterramiento de nuevos cadáveres únicamente en los lugares apropiados y disponibles para construcción de fosas nuevas, adquiridos legalmente con anterioridad por personas interesadas, hasta agotarse tales espacios. Cuando estos nuevos cadáveres hayan sido enterrados en fosas simples, no será permitido el acondicionamiento de éstas para entierros futuros y se procederá en concordancia con los artículos 2 y 3 de este mismo decreto.”
El momento es apropiado para decir, a propósito de la intención de reactivar este viejo cementerio, que la Alcaldía del Municipio José Tadeo Monagas del estado Guárico, representada por la médico-pediatra María del Valle Chacín Díaz, ordenó, en enero de 2009 y por intermedio de un comisionado que no era funcionario institucional de nombre Harold José Quilen Pérez, dejar sin efecto la ejecución del proyecto de un nuevo cementerio, de diez hectáreas de superficie, con sus respectivos planos y estudios de factibilidad y de impacto ambiental, que, por medio de la Cooperativa La Consecuente, representada por el ciudadano Néstor Claro, se construía en Paural, en el este altagraciano, al sur del barrio Madre Candelaria, desde mediados del año 2008, cuando el  autor de este escrito fungía de alcalde y se buscaba resolver el viejo problema de enterrar a los nuevos difuntos, porque en Altagracia de Orituco no había donde hacerlo, tanto que algunos debieron ser enterrados en San Rafael de Orituco y otros en Lezama. La suspensión de aquella obra fue hecha de manera verbal; no hubo acta correspondiente a la aplicación arbitraria de esa medida injustificable.
El Cementerio General estaba clausurado por sobresaturación desde abril del año 2007; sin embargo y por estricta necesidad, se utilizaba el llamado Cementerio Parque Jardines del Orituco o, sencillamente, Cementerio de Paural, aunque no tenía condiciones apropiadas para seguir usándolo. Este Cementerio de Paural está ubicado enfrente del barrio La Poncha, al lado sur de la carretera nacional; fue edificado cuando el alcalde era Salomón Gómez Naranjo (1990-1996) y puesto en funcionamiento por el alcalde José Luis García Loreto (2000-2004), mediante una concesionaria y sin cumplir las recomendaciones de los proyectistas, quienes habían sugerido la construcción de sepulturas especiales, que fuesen resistentes a la dinámica de la arcilla expansiva de esos suelos; no obstante, se sigue utilizando este cementerio, donde continúan los enterramientos en fosas tradicionales, frágiles e irresistibles al movimiento del terreno arcilloso.    
4-3.- Nuevas construcciones
La reconstrucción de la pared mencionada sobre la calle Vuelvan Caras, la colocación de tejas criollas en la fachada principal, la  construcción de osarios, la vía de acceso a ellos entre la vieja y nueva pared y la pretensión de practicar exhumaciones y de utilizar esos espacios para nuevos enterramientos, son modificaciones con las que se transgrede el Decreto N° 007-2007, de fecha 3 de abril de 2007, mediante el cual el Cementerio General de Altagracia de Orituco fue declarado Patrimonio Histórico del Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, cuyo artículo 4 dice a la letra:
“Artículo 4.- Prohibir la ejecución de obras que modifiquen la integridad del Cementerio General de Altagracia de Orituco, ubicado en la calle Vuelvan Caras, al extremo sur de la calle Gil Pulido.”
Por otra parte, la opinión del Cronista no fue consultada para coordinar esos trabajos en el Cementerio, con lo cual se infringe el artículo 5 del precitado Decreto N° 007-2007 cuyo contenido expresa:
Artículo 5.- Encargar al Cronista Municipal de la coordinación de todo tipo de obra que deba realizarse para preservar la integridad del Cementerio General de Altagracia de Orituco, ubicado en la calle Vuelvan Caras, al extremo sur de la calle Gil Pulido.”

4-4.- Violaciones anteriores

La continuación de las obras en el Cementerio General de Altagracia de Orituco, aquí citadas, revelan a la fecha de hoy que la Alcaldía del Municipio José Tadeo Monagas del estado Guárico no está dispuesta a corregir las equivocaciones cometidas en este caso, máxime cuando el propio Director General de esa institución, licenciado José Tomás Loreto, en sesión del Concejo monaguense celebrada en horas de la mañana del lunes 4 de junio de 2012, afirmó, con la mayor desfachatez y sin un mínimo signo de pudor, que esos trabajos no modifican la integridad del Cementerio, aun cuando los hechos demuestran lo contrario.
La actual representación de la Alcaldía orituqueña ha modificado, a su pleno antojo y libre albedrío, la integridad del Cementerio en ocasiones anteriores: cambio del color original de las paredes, que debe ser blanco; dibujo de ángeles en la fachada principal (nunca los hubo allí), sin respetar creencias ajenas ni tomar en cuenta que se trata de un Cementerio General, donde están enterrados católicos, evangélicos, Testigos de Jehová, espiritistas, ateos, etcétera; colocación de una placa alegórica al joven periodista Pedro Chacín, hermano fallecido de la alcaldesa, en la pared este de la entrada; así mismo, mantiene públicamente la idea de ampliarlo y reabrirlo a costa de lo que sea, en gesto de evidente prepotencia.
4-5.- Obligación incumplida
Con la ejecución de los trabajos mencionados en el Cementerio General gracitano se quebranta, además, el numeral 1 del artículo 88 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, según el cual el alcalde o alcaldesa tiene la obligación de “Cumplir y hacer cumplir la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la constitución del estado, leyes nacionales, estadales, ordenanzas y demás instrumentos jurídicos municipales”, como es el caso de los acuerdos, reglamentos, decretos, resoluciones y otros, que “…son de obligatorio cumplimiento por parte de los particulares y de las autoridades nacionales, estadales y locales”, de acuerdo con el artículo 54 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. A propósito de este cumplimiento obligatorio, debe añadirse que la Alcaldía violó disposiciones establecidas en la Ordenanza sobre el Acervo Histórico del Municipio Monagas del Estado Guárico, vigente desde el 16 de septiembre de 1991, y en cuyo texto puede leerse lo siguiente:

“Artículo 15.- Al Concejo corresponde asesorar, por intermedio del Cronista Municipal, toda labor que debe hacerse para mantener la integridad original del patrimonio histórico del municipio.

[…]

Artículo 17.- Toda persona natural o jurídica, aspirante a efectuar cualquier tipo de actividad que influya directa o indirectamente sobre la Conservación del Patrimonio Histórico Municipal, debe solicitar autorización previa correspondiente ante el Concejo, el cual sólo debe aprobarla con el voto unánime de sus miembros, sin contravenir lo dispuesto en los artículos 14 y 15 de esta misma Ordenanza y de acuerdo con estudio razonado que debe presentarle  la Comisión para la Conservación del Patrimonio Histórico del Municipio Monagas del Estado Guárico, en un lapso no mayor de sesenta días laborables, contados a partir de las veinticuatro horas siguientes a la notificación del asunto a dicha comisión.
PARÁGRAFO ÚNICO: El voto razonado de un concejal es suficiente para negar la autorización a la que se refiere este mismo artículo.”

Esto indica que los trabajos de conservación del Cementerio General de Altagracia de Orituco, como patrimonio histórico que es, deben ser asesorados por el Concejo mediante el Cronista Municipal, lo que es decir que la Alcaldía está obligada a solicitar asesoramiento del Concejo en materia de preservación del patrimonio histórico municipal. Por esta razón debe decirse, además, que  no es una mera casualidad que por medio del artículo 5 del Decreto 007-2007, de fecha 03-04-2007, antes citado, se encarga al Cronista Municipal de la coordinación de todo tipo de obra que deba realizarse en el Cementerio General de Altagracia de Orituco para conservarle la integridad patrimonial. Por otra parte, la Alcaldía está obligada también a solicitarle previamente al Concejo el debido permiso para la ejecución de obras en todo patrimonio histórico municipal.

5.- Una medida protectora

Es pertinente resaltar que el artículo 14 de la Ordenanza sobre el Acervo Histórico del Municipio Monagas del Estado Guárico le asigna competencia al Concejo para actuar en la preservación del Cementerio General de Altagracia de Orituco como patrimonio histórico:

“Artículo 14. Es facultad del Concejo dictar y/o promover acciones correspondientes para salvaguardar el patrimonio histórico municipal, sin perjudicar derechos ni deberes individuales sobre esta materia.”

Dada la circunstancia mencionada en el párrafo anterior y la gravedad de los daños ocasionados con los trabajos que la Alcaldía del Municipio José Tadeo Monagas del estado Guárico ejecuta, ilegalmente y con abuso de autoridad, en el Cementerio General gracitano, el autor de este escrito, en su función de Cronista de la Ciudad que debe alentar la conservación del patrimonio histórico municipal (numeral 2 del artículo 24 de la Ordenanza sobre Acervo Histórico), consideró apropiado recurrir al Concejo del Municipio José Tadeo Monagas del estado Guárico, con la finalidad de solicitarle la realización de las diligencias pertinentes para lograr una medida judicial protectora del Cementerio General de Altagracia de Orituco, como patrimonio histórico municipal, que implique la reparación de los daños cometidos contra su integridad por la Alcaldía monaguense. De acuerdo con informaciones recopiladas, “el caso está en manos” del abogado Javier Pérez Lugo, asesor jurídico del Concejo orituqueño.

6.- Conclusión breve

            La conservación del patrimonio histórico municipal es materia de interés para todos los habitantes del municipio, quienes deben tener la suficiente e intrínseca disposición para defender los bienes comunes, que están vinculados a la identidad colectiva, y procurar acciones con el propósito de contrarrestar la comisión de actos irregulares que atenten contra la integridad de los mismos. Esto explica la necesidad de estar conscientes de nuestros valores culturales, que motive la unidad popular indispensable para lograr la preservación y defensa del patrimonio identificador común. La falta o insuficiencia de este recurso entraba la consecución del objetivo y fue determinante para facilitarle a la Alcaldía del Municipio José Tadeo Monagas del estado Guárico la ejecución arbitraria de trabajos modificatorios de la integridad del Cementerio General de Altagracia de Orituco; sin embargo, queda la esperanza de la aplicación de ciertos correctivos para solventar las alteraciones allí cometidas(1).


____________________
(1)    Este trabajo fue presentado en el VIII Encuentro de Historiadores, Cronistas e Investigadores, realizado en el Auditorio del Complejo Cultura Dr. Juan Germán Roscio Nieves. Ortiz, estado Guárico, sábado 25 de agosto de 2012.





























ANEXOS



























Cementerio General de Altagracia de Orituco, ubicado en la calle Vuelvan Caras, al extremo sur de la Gil Pulido.  Esta imagen es útil para la restauración de la fachada norte original de este patrimonio.  Foto: Colección de C.L.G.; data quizás de 1947.























Cementerio General de Altagracia de Orituco. Nótese el detalle del poste separado de la pared vieja, que había sido construida en la misma dirección de la fachada principal, para sustituir la hecha originalmente. Foto: C.L.G., sábado 15-05-2010.




















Trabajos de modificación de la fachada norte del Cementerio General de Altagracia de Orituco. Obsérvese el detalle del poste “pegado” a la pared nueva, que fue construida sobre la calle Vuelvan Caras sin la desafectación previa. Foto: C.L.G., jueves 23-08-2012.











Cementerio General de Altagracia de Orituco. El color de la pintura ni los dibujos        corresponden al original. Foto: C.L.G., viernes 04-11-2011.











Trabajos de modificación de la fachada norte (parte interna, lado este) del Cementerio General de Altagracia de Orituco. Obsérvese el lote de osarios en construcción y la vía de acceso a ellos, que alteran la integridad de este patrimonio histórico porque nunca tuvo esos elementos. Foto: C.L.G., jueves 23-08-2012.








              
 Algunas personas han identificado esta estructura como el antiguo osario del
Cementerio General de Altagracia de Orituco. Foto: C.L.G., sábado 15-05-2010.








                      

La Cruz del Perdón, colocada en 1886 en el centro del Cementerio General de Altagracia de Orituco. Foto: C.L.G., jueves 23-08-2012.
















Obelisco ubicado en el centro del Cementerio General de Altagracia de Orituco.
 Foto: C.L.G., jueves 23-08-2012.






    

Tumba del general Adolfo Chataing, quien falleció en 1950. Está ubicada en el Cementerio General de Altagracia de Orituco, el cual comenzó oficialmente a funcionar, aún inconcluso, el 26 de septiembre de 1885, por decisión de este ciudadano cuando fungía como primera autoridad civil del otrora distrito Guzmán Blanco y Presidente de la Junta de Fomento de dicha obra. Foto: C.L.G., viernes 24-08-2012. 

LA CONSERVACIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO MUNICIPAL Y EL CEMENTERIO GENERAL DE ALTAGRACIA DE ORITUCO



LA CONSERVACIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO MUNICIPAL
Y EL CEMENTERIO GENERAL DE ALTAGRACIA DE ORITUCO

Carlos A. López Garcés
Cronista de Altagracia de Orituco
Municipio José Tadeo Monagas
Estado Guárico


El patrimonio histórico municipal es el conjunto de bienes tangibles e intangibles, públicos y privados, que pertenecen al Municipio como institución y le sirven para estudiarle los ayeres a las comunidades que lo integran, con el propósito de generar saberes para enriquecer y facilitar el entendimiento del proceso histórico de esas localidades y, por ende, del propio municipio.
1.- El Cementerio General
Uno de esos bienes es el Cementerio General de Altagracia de Orituco, ubicado en la calle Vuelvan Caras, extremo sur de la calle Gil Pulido, el cual comenzó oficialmente a funcionar, aún inconcluso, el 26 de septiembre de 1885, por decisión del ciudadano Adolfo Chataing, primera autoridad civil del otrora distrito Guzmán Blanco y Presidente de la Junta de Fomento de dicha obra, que también integraban Adolfo Antonio Machado y Reinaldo Alva. La utilización de esta necrópolis sin haberse concluido fue determinada por la epidemia de fiebre amarilla que azotaba a la población gracitana y a la falta de espacios donde enterrar a los numerosos muertos en el antiguo y pequeño cementerio que había sido construido en 1847. Aquella epidemia fue la que causó mayores estragos en la población gracitana del siglo XIX, tanto que el cuartel sur-este de ese nuevo cementerio estaba totalmente saturado de cadáveres a finales de noviembre de 1885, cuando los casos de esa devastadora enfermedad ya habían disminuido significativamente. 
La fabricación de este cementerio estuvo a cargo del alarife Simón Hernández; fue subvencionado por el gobierno del Gran Estado Guzmán Blanco, entonces presidido por el general Francisco Tosta García.  En 1886, cuando ya estaba concluido y con el regocijo del general Ramón Galíndez, quien fungía como encargado de la primera autoridad civil del distrito, fue colocada en su centro la Cruz del Perdón y fue bendecido por el  presbítero Alberto González, párroco de los altagracianos. 
 Los enterramientos en el Cementerio General de Altagracia de Orituco solo fueron interrumpidos por un lapso históricamente breve, cuando se alegaban las condiciones inapropiadas del terreno y los nuevos cadáveres eran sepultados en otra necrópolis, que fue construida en el actual sitio de Las Mayitas, en el sur-este franco de Altagracia de Orituco, hasta 1911, cuando, igualmente por lo inadecuado de los suelos, fue retomada la decisión de continuar enterrando en el Cementerio General, abierto en septiembre de 1885.
2.- Patrimonio Histórico Municipal
La falta de espacios para nuevos difuntos en ese cementerio motivó su clausura el 3 de abril de 2007, mediante Decreto N° 006-2007 dictado por el autor de este trabajo, entonces Alcalde del Municipio José Tadeo Monagas del estado Guárico, quien, en esa misma fecha y por medio del Decreto N° 007-2007, lo declaró Patrimonio Histórico Municipal, al considerar, amén de su evolución comentada en párrafos precedentes, que:
1°.- Es una representación histórica de los numerosos apellidos que han identificado tradicionalmente a las familias integrantes de la comunidad altagraciana por más de cien años.
2°.- Ahí están sepultados los restos de muchas personalidades que dedicaron sus vidas al trabajo productivo consuetudinario de distintas naturalezas, como un aporte de sus luchas por el progreso de los pueblos orituqueños y para el bienestar de sus conciudadanos.
3°.- En él resaltan manifestaciones arquitectónicas y artísticas de diversas líneas y estilos expresadas en el transcurso de más de un siglo.
4°.- En su seno está concentrada la historia general gracitana desde la novena década del siglo XIX hasta la actualidad y debe preservarse para conocimiento de las nuevas generaciones.
Una placa recordatoria de la declaración de ese Cementerio General como patrimonio histórico municipal fue coloca en su frontis el 26 de septiembre de 2007.
3.- Defensa y protección
La conservación de los bienes patrimoniales del municipio está regida por la Ley de Protección y Defensa del Patrimonio Cultural, sancionada por el antiguo Congreso Nacional, promulgada el 3 de septiembre de 1993 por Ramón J. Velázquez, a la sazón Presidente de la República y publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 4.623-Extraordinario, fechada en Caracas el viernes 3 de octubre de 1993. El artículo 43 de esta ley establece que las municipalidades podrán adoptar medidas destinadas a la salvaguarda del patrimonio cultural ubicado en su territorio, sin contravenir las previsiones de esa misma ley. Esto fue lo que hizo el autor de este trabajo, en su rol de alcalde-cronista, con el Cementerio General de Altagracia de Orituco al declararlo Patrimonio Histórico del Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, máxime cuando dos años antes de la aprobación de aquella ley, el Concejo orituqueño había sancionado la Ordenanza sobre el Acervo Histórico del Municipio Monagas del Estado Guárico, el 10 de septiembre de 1991, la cual fue promulgada seis días después por el Alcalde Salomón Gómez Naranjo y publicada en la Gaceta Municipal Nº 06, extraordinario, del 16 de septiembre de 1991. En el TÍTULO II - DEL PATRIMONIO HISTÓRICO MUNICIPAL de esta Ordenanza, que está en  vigencia, puede leerse lo siguiente:
“Artículo 3.- Queda entendido por CONSERVACIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO del Municipio Monagas del Estado Guárico a la íntegra y permanente defensa y cuido de toda manifestación de la actividad humana sucedida en jurisdicción de esta misma entidad municipal, que sirva para explicar el proceso histórico de dicho municipio, sin perjudicar el ambiente natural ni alterar el equilibrio ecológico”.
4.- Normas transgredidas

            No obstante el contenido del artículo precedente, fue (y sigue siendo) común la inescrupulosa profanación de tumbas con el fin de exhumar osamentas antiguas y utilizar las fosas viejas reconstruidas para nuevas inhumaciones en el Cementerio General de Altagracia de Orituco, con lo cual se configuraron (y configuran) violaciones reiterativas de la condición de patrimonio histórico de ese bien municipal. Lo más grave es que la propia Alcaldía del Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, representada por la médico-pediatra María del Valle Chacín Díaz, desde mayo del año 2012 y por intermedio de la empresa contratista Asociación Cooperativa Construcciones 1723 R.L., ejecuta arbitrariamente ciertos trabajos modificatorios en ese Cementerio General gracitano, por un monto de quinientos noventinueve mil novecientos ochentinueve bolívares con cuarenticinco céntimos (Bs. 599.989,45), que incluyen: demolición de la pared correspondiente a la fachada norte; reconstrucción de esta misma pared sobre un espacio de la calle Vuelvan Caras, a un metro, aproximadamente, de la antigua pared; construcción de acera nueva; colocación de tejas criollas en la fachada principal; construcción de osarios (desacordes con nuestra cultura) en la parte posterior de la nueva pared y vía de acceso a ellos sobre la acera vieja; reconstrucción del friso de la fachada principal; pintura general.

4-1.- Desafectación previa

Con esos trabajos se violan normas vigentes en el municipio, aplicables a la construcción y reconstrucción de paredes, según las cuales deben hacerse los retiros correspondientes; además, la nueva pared fue construida sobre un bien público, como lo es la calle Vuelvan Caras, sin haber ocurrido la desafectación previa por parte del Concejo, según los artículos 133 y 134 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (LOPPM) y de acuerdo con lo establecido en el artículo 700 del Código Civil, según el cual “Nadie puede edificar ni plantar cerca de las plazas fuertes, fortalezas, iglesias, calles y caminos públicos, sin sujetarse a todas las condiciones exigidas por las Ordenanzas y Reglamentos especiales de la materia"; aunque es oportuno aclarar que, en el caso del Cementerio, lo procedente debe ser la reconstrucción de la pared mencionada por la misma línea de la demolida, por razones obvias, con las características originales según las fuentes disponibles y para respetarle la integridad como patrimonio municipal. Sin embargo, la Alcaldía optó por ampliar el Cementerio con un espacio de la calle Vuelvan Caras de ciento cuatro metros cuadrados aproximadamente. Asimismo, es de suponer que esas obras no están autorizadas por ingeniería sanitaria.

4-2.- Reactivación inconsulta

La construcción de osarios revela la intención de practicar exhumaciones con el fin de utilizar esos lugares para nuevos enterramientos y confirma lo dicho públicamente por la alcaldesa María Chacín, con respecto a la posibilidad de reactivar ese “camposanto”. Esto indica la vulneración del Decreto N° 006-2007, de fecha 3 de abril de 2007, mediante el cual fue clausurado el Cementerio en referencia y en el que se lee textualmente:

“Artículo 2.- Prohibir en el Cementerio General de Altagracia de Orituco, ubicado en la calle Vuelvan Caras, al extremo sur de la calle Gil Pulido, la construcción de nichos (llamados comúnmente ‘fosas aéreas’) y la práctica de exhumaciones que tienen el fin de acondicionar para dos cadáveres una fosa simple existente.
Artículo 3.- Permitir en el Cementerio General de Altagracia de Orituco, ubicado en la calle Vuelvan Caras, al extremo sur de la calle Gil Pulido, la práctica de exhumaciones cuando se trate exclusivamente de casos judiciales y/o de investigaciones científicas, previamente permitidas por las autoridades competentes.
Artículo 4.- Permitir en el Cementerio General de Altagracia de Orituco, ubicado en la calle Vuelvan Caras, al extremo sur de la calle Gil Pulido, el enterramiento de nuevos cadáveres únicamente en los lugares apropiados y disponibles para construcción de fosas nuevas, adquiridos legalmente con anterioridad por personas interesadas, hasta agotarse tales espacios. Cuando estos nuevos cadáveres hayan sido enterrados en fosas simples, no será permitido el acondicionamiento de éstas para entierros futuros y se procederá en concordancia con los artículos 2 y 3 de este mismo decreto.”
El momento es apropiado para decir, a propósito de la intención de reactivar este viejo cementerio, que la Alcaldía del Municipio José Tadeo Monagas del estado Guárico, representada por la médico-pediatra María del Valle Chacín Díaz, ordenó, en enero de 2009 y por intermedio de un comisionado que no era funcionario institucional de nombre Harold José Quilen Pérez, dejar sin efecto la ejecución del proyecto de un nuevo cementerio, de diez hectáreas de superficie, con sus respectivos planos y estudios de factibilidad y de impacto ambiental, que, por medio de la Cooperativa La Consecuente, representada por el ciudadano Néstor Claro, se construía en Paural, en el este altagraciano, al sur del barrio Madre Candelaria, desde mediados del año 2008, cuando el  autor de este escrito fungía de alcalde y se buscaba resolver el viejo problema de enterrar a los nuevos difuntos, porque en Altagracia de Orituco no había donde hacerlo, tanto que algunos debieron ser enterrados en San Rafael de Orituco y otros en Lezama. La suspensión de aquella obra fue hecha de manera verbal; no hubo acta correspondiente a la aplicación arbitraria de esa medida injustificable.
El Cementerio General estaba clausurado por sobresaturación desde abril del año 2007; sin embargo y por estricta necesidad, se utilizaba el llamado Cementerio Parque Jardines del Orituco o, sencillamente, Cementerio de Paural, aunque no tenía condiciones apropiadas para seguir usándolo. Este Cementerio de Paural está ubicado enfrente del barrio La Poncha, al lado sur de la carretera nacional; fue edificado cuando el alcalde era Salomón Gómez Naranjo (1990-1996) y puesto en funcionamiento por el alcalde José Luis García Loreto (2000-2004), mediante una concesionaria y sin cumplir las recomendaciones de los proyectistas, quienes habían sugerido la construcción de sepulturas especiales, que fuesen resistentes a la dinámica de la arcilla expansiva de esos suelos; no obstante, se sigue utilizando este cementerio, donde continúan los enterramientos en fosas tradicionales, frágiles e irresistibles al movimiento del terreno arcilloso.    
4-3.- Nuevas construcciones
La reconstrucción de la pared mencionada sobre la calle Vuelvan Caras, la colocación de tejas criollas en la fachada principal, la  construcción de osarios, la vía de acceso a ellos entre la vieja y nueva pared y la pretensión de practicar exhumaciones y de utilizar esos espacios para nuevos enterramientos, son modificaciones con las que se transgrede el Decreto N° 007-2007, de fecha 3 de abril de 2007, mediante el cual el Cementerio General de Altagracia de Orituco fue declarado Patrimonio Histórico del Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, cuyo artículo 4 dice a la letra:
“Artículo 4.- Prohibir la ejecución de obras que modifiquen la integridad del Cementerio General de Altagracia de Orituco, ubicado en la calle Vuelvan Caras, al extremo sur de la calle Gil Pulido.”
Por otra parte, la opinión del Cronista no fue consultada para coordinar esos trabajos en el Cementerio, con lo cual se infringe el artículo 5 del precitado Decreto N° 007-2007 cuyo contenido expresa:
Artículo 5.- Encargar al Cronista Municipal de la coordinación de todo tipo de obra que deba realizarse para preservar la integridad del Cementerio General de Altagracia de Orituco, ubicado en la calle Vuelvan Caras, al extremo sur de la calle Gil Pulido.”

4-4.- Violaciones anteriores

La continuación de las obras en el Cementerio General de Altagracia de Orituco, aquí citadas, revelan a la fecha de hoy que la Alcaldía del Municipio José Tadeo Monagas del estado Guárico no está dispuesta a corregir las equivocaciones cometidas en este caso, máxime cuando el propio Director General de esa institución, licenciado José Tomás Loreto, en sesión del Concejo monaguense celebrada en horas de la mañana del lunes 4 de junio de 2012, afirmó, con la mayor desfachatez y sin un mínimo signo de pudor, que esos trabajos no modifican la integridad del Cementerio, aun cuando los hechos demuestran lo contrario.
La actual representación de la Alcaldía orituqueña ha modificado, a su pleno antojo y libre albedrío, la integridad del Cementerio en ocasiones anteriores: cambio del color original de las paredes, que debe ser blanco; dibujo de ángeles en la fachada principal (nunca los hubo allí), sin respetar creencias ajenas ni tomar en cuenta que se trata de un Cementerio General, donde están enterrados católicos, evangélicos, Testigos de Jehová, espiritistas, ateos, etcétera; colocación de una placa alegórica al joven periodista Pedro Chacín, hermano fallecido de la alcaldesa, en la pared este de la entrada; así mismo, mantiene públicamente la idea de ampliarlo y reabrirlo a costa de lo que sea, en gesto de evidente prepotencia.
4-5.- Obligación incumplida
Con la ejecución de los trabajos mencionados en el Cementerio General gracitano se quebranta, además, el numeral 1 del artículo 88 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, según el cual el alcalde o alcaldesa tiene la obligación de “Cumplir y hacer cumplir la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la constitución del estado, leyes nacionales, estadales, ordenanzas y demás instrumentos jurídicos municipales”, como es el caso de los acuerdos, reglamentos, decretos, resoluciones y otros, que “…son de obligatorio cumplimiento por parte de los particulares y de las autoridades nacionales, estadales y locales”, de acuerdo con el artículo 54 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. A propósito de este cumplimiento obligatorio, debe añadirse que la Alcaldía violó disposiciones establecidas en la Ordenanza sobre el Acervo Histórico del Municipio Monagas del Estado Guárico, vigente desde el 16 de septiembre de 1991, y en cuyo texto puede leerse lo siguiente:

“Artículo 15.- Al Concejo corresponde asesorar, por intermedio del Cronista Municipal, toda labor que debe hacerse para mantener la integridad original del patrimonio histórico del municipio.

[…]

Artículo 17.- Toda persona natural o jurídica, aspirante a efectuar cualquier tipo de actividad que influya directa o indirectamente sobre la Conservación del Patrimonio Histórico Municipal, debe solicitar autorización previa correspondiente ante el Concejo, el cual sólo debe aprobarla con el voto unánime de sus miembros, sin contravenir lo dispuesto en los artículos 14 y 15 de esta misma Ordenanza y de acuerdo con estudio razonado que debe presentarle  la Comisión para la Conservación del Patrimonio Histórico del Municipio Monagas del Estado Guárico, en un lapso no mayor de sesenta días laborables, contados a partir de las veinticuatro horas siguientes a la notificación del asunto a dicha comisión.
PARÁGRAFO ÚNICO: El voto razonado de un concejal es suficiente para negar la autorización a la que se refiere este mismo artículo.”

Esto indica que los trabajos de conservación del Cementerio General de Altagracia de Orituco, como patrimonio histórico que es, deben ser asesorados por el Concejo mediante el Cronista Municipal, lo que es decir que la Alcaldía está obligada a solicitar asesoramiento del Concejo en materia de preservación del patrimonio histórico municipal. Por esta razón debe decirse, además, que  no es una mera casualidad que por medio del artículo 5 del Decreto 007-2007, de fecha 03-04-2007, antes citado, se encarga al Cronista Municipal de la coordinación de todo tipo de obra que deba realizarse en el Cementerio General de Altagracia de Orituco para conservarle la integridad patrimonial. Por otra parte, la Alcaldía está obligada también a solicitarle previamente al Concejo el debido permiso para la ejecución de obras en todo patrimonio histórico municipal.

5.- Una medida protectora

Es pertinente resaltar que el artículo 14 de la Ordenanza sobre el Acervo Histórico del Municipio Monagas del Estado Guárico le asigna competencia al Concejo para actuar en la preservación del Cementerio General de Altagracia de Orituco como patrimonio histórico:

“Artículo 14. Es facultad del Concejo dictar y/o promover acciones correspondientes para salvaguardar el patrimonio histórico municipal, sin perjudicar derechos ni deberes individuales sobre esta materia.”

Dada la circunstancia mencionada en el párrafo anterior y la gravedad de los daños ocasionados con los trabajos que la Alcaldía del Municipio José Tadeo Monagas del estado Guárico ejecuta, ilegalmente y con abuso de autoridad, en el Cementerio General gracitano, el autor de este escrito, en su función de Cronista de la Ciudad que debe alentar la conservación del patrimonio histórico municipal (numeral 2 del artículo 24 de la Ordenanza sobre Acervo Histórico), consideró apropiado recurrir al Concejo del Municipio José Tadeo Monagas del estado Guárico, con la finalidad de solicitarle la realización de las diligencias pertinentes para lograr una medida judicial protectora del Cementerio General de Altagracia de Orituco, como patrimonio histórico municipal, que implique la reparación de los daños cometidos contra su integridad por la Alcaldía monaguense. De acuerdo con informaciones recopiladas, “el caso está en manos” del abogado Javier Pérez Lugo, asesor jurídico del Concejo orituqueño.

6.- Conclusión breve

            La conservación del patrimonio histórico municipal es materia de interés para todos los habitantes del municipio, quienes deben tener la suficiente e intrínseca disposición para defender los bienes comunes, que están vinculados a la identidad colectiva, y procurar acciones con el propósito de contrarrestar la comisión de actos irregulares que atenten contra la integridad de los mismos. Esto explica la necesidad de estar conscientes de nuestros valores culturales, que motive la unidad popular indispensable para lograr la preservación y defensa del patrimonio identificador común. La falta o insuficiencia de este recurso entraba la consecución del objetivo y fue determinante para facilitarle a la Alcaldía del Municipio José Tadeo Monagas del estado Guárico la ejecución arbitraria de trabajos modificatorios de la integridad del Cementerio General de Altagracia de Orituco; sin embargo, queda la esperanza de la aplicación de ciertos correctivos para solventar las alteraciones allí cometidas(1).


____________________
(1)    Este trabajo fue presentado en el VIII Encuentro de Historiadores, Cronistas e Investigadores, realizado en el Auditorio del Complejo Cultura Dr. Juan Germán Roscio Nieves. Ortiz, estado Guárico, sábado 25 de agosto de 2012.





























ANEXOS



























Cementerio General de Altagracia de Orituco, ubicado en la calle Vuelvan Caras, al extremo sur de la Gil Pulido.  Esta imagen es útil para la restauración de la fachada norte original de este patrimonio.  Foto: Colección de C.L.G.; data quizás de 1947.























Cementerio General de Altagracia de Orituco. Nótese el detalle del poste separado de la pared vieja, que había sido construida en la misma dirección de la fachada principal, para sustituir la hecha originalmente. Foto: C.L.G., sábado 15-05-2010.




















Trabajos de modificación de la fachada norte del Cementerio General de Altagracia de Orituco. Obsérvese el detalle del poste “pegado” a la pared nueva, que fue construida sobre la calle Vuelvan Caras sin la desafectación previa. Foto: C.L.G., jueves 23-08-2012.











Cementerio General de Altagracia de Orituco. El color de la pintura ni los dibujos        corresponden al original. Foto: C.L.G., viernes 04-11-2011.











Trabajos de modificación de la fachada norte (parte interna, lado este) del Cementerio General de Altagracia de Orituco. Obsérvese el lote de osarios en construcción y la vía de acceso a ellos, que alteran la integridad de este patrimonio histórico porque nunca tuvo esos elementos. Foto: C.L.G., jueves 23-08-2012.








              
 Algunas personas han identificado esta estructura como el antiguo osario del
Cementerio General de Altagracia de Orituco. Foto: C.L.G., sábado 15-05-2010.








                      

La Cruz del Perdón, colocada en 1886 en el centro del Cementerio General de Altagracia de Orituco. Foto: C.L.G., jueves 23-08-2012.
















Obelisco ubicado en el centro del Cementerio General de Altagracia de Orituco.
 Foto: C.L.G., jueves 23-08-2012.






    

Tumba del general Adolfo Chataing, quien falleció en 1950. Está ubicada en el Cementerio General de Altagracia de Orituco, el cual comenzó oficialmente a funcionar, aún inconcluso, el 26 de septiembre de 1885, por decisión de este ciudadano cuando fungía como primera autoridad civil del otrora distrito Guzmán Blanco y Presidente de la Junta de Fomento de dicha obra. Foto: C.L.G., viernes 24-08-2012.